INSTRUCTIVO DE PAD 2020
http://www.abc.gov.ar/sites/default/files/instructivo_puntaje_anual_docente.pdf
- EL PUNTAJE ANUAL
DOCENTE 2020 SE VISUALIZARÁ EN EL ESPACIO WEB SERVADO PAD, EN
EL PERÍODO QUE VA DESDE EL DÍA 8 DE SEPTIEMBRE DE 2020 HASTA
EL DÍA 22 DE SEPTIEMBRE DE 2020.
- EN EL
PERÍODO CONSIGNADO EN EL PÁRRAFO PRECEDENTE EL DOCENTE DEBERÁ
INGRESAR CON SU USUARIO DE ABC –SERVICIO QUE VALIDA SU IDENTIDAD - AL
ESPACIO WEB SERVADO PAD, TENIÉNDOSELO EN ESTA INSTANCIA POR NOTIFICADO DEL
PUNTAJE ANUAL DOCENTE 2020.
- ESTA ACTIVIDAD ES
OBLIGATORIA PARA TODOS LOS DOCENTES DE LA GESTIÓN ESTATAL DEL
SISTEMA EDUCATIVO DE LA PROVINCIA.
¿Quiénes están en
condiciones estatutarias de obtener PAD 2020?
Todos los docentes
titulares de las Instituciones Educativas de Gestión Estatal de la Provincia de
Buenos Aires, designados hasta el ciclo lectivo 2018 (incluidos también
los titulares interinos del año mencionado)
- EL DOCENTE QUE ACCEDA
A VISUALIZAR SU PUNTAJE ANUAL DOCENTE (PAD) 2020, PODRÁ HACER
USO DE SU DERECHO A RECURRIR DICHO PUNTAJE, EN EL CASO QUE NO LO CONSIENTA.
PARA ELLO, DESDE EL MISMO ESPACIO WEB, PODRÁ REALIZARLO
MEDIANTE UN BOTÓN DENOMINADO RECURRIR PUNTAJE, QUEDANDO DICHO PUNTAJE
IDENTIFICADO COMO RECURRIDO EN EL SERVADO PAD
- ADEMAS DE MARCAR COMO
RECURRIDO TENDRÁ QUE ENVIAR UN MAIL A LA DIRECCIÓN DE CORREO pad2020sad041@abc.gob.ar CON LA DOCUMENTACIÓN QUE SE DETALLA SEGÚN
LO QUE DEBA RECLAMAR:
_NOTA DONDE
INFORME LO QUE RECLAME, REALIZADA EN ARCHIVO WORD.
_ DOCUMENTACIÓN
A ANEXAR DE ACUERDO AL ÍTEM RECLAMADO TODO EN FORMATO PDF
_ PARA
TÍTULO HABILITANTE
*TÍTULO (ANVERSO Y
REVERSO) EN EL CUAL CONSTE CLARAMENTE LA FECHA DE REGISTRO EN LA DGCYE. PARA EL
PAD 2020 SÓLO SE CONSIDERAN TÍTULOS REGISTRADOS HASTA EL 30/9/2019
*TÍTULOS Y
CURSOS BONIFICANTES
SE CONSIDERAN
“BONIFICANTES” A LOS CURSOS Y AQUELLOS TÍTULOS QUE NO HAYAN SIDO
UTILIZADOS COMO HABILITANTE PARA EL CARGO EN EL QUE SE RECLAMA PARA EL PAD 2020
SÓLO SE CONSIDERAN TÍTULOS REGISTRADOS HASTA EL 30/9/2019 EN FORMATO
PDF
_CARGO
JERÁRQUICO
SE DEBERÁ ACREDITAR
EL DESEMPEÑO EN CARGO JERÁRQUICO MEDIANTE LAS DISPOSICIONES PERTINENTES,
(INICIO Y LIMITACIÓN). EN EL CASO DE NO CONTAR CON EL ACTO ADMINISTRATIVO DE
LIMITACIÓN DE LAS FUNCIONES JERÁRQUICAS TRANSITORIAS, SE ADJUNTARÁ UNA
CONSTANCIA FIRMADA POR AUTORIDAD COMPETENTE (INSPECTOR/A DE ÁREA, INSPECTOR/A
JEFE DISTRITAL O REGIONAL) QUE ESPECIFIQUE LA CONTINUIDAD O LA LIMITACIÓN DE LA
FUNCIÓN. LA MISMA DEBE INDICAR DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN, DISTRITO, CARGO,
ESTABLECIMIENTO, FECHAS DE INICIACIÓN Y CESE O CONTINUACIÓN DE CADA PRESTACIÓN
EN CARGO JERÁRQUICO POR AÑO EN FORMATO PDF
IMPORTANTE:
SÓLO SE ASIGNA
VALOR POR DESEMPEÑO EN CICLO LECTIVO COMPLETO DE CARGO JERÁRQUICO (DE CUALQUIER FECHA DE
MARZO A CUALQUIER FECHA DE DICIEMBRE)
PARA EL PAD 2020 SE
CONSIDERA EL DESEMPEÑO JERÁRQUICO HASTA EL 31/12/19 SE VALORA EL
DESEMPEÑO EN LA DIRECCIÓN DE ENSEÑANZA RESPECTIVA Y HASTA UN MÁXIMO DE 10
AÑOS.
_ ANTIGÜEDAD
PARA PUNTAJE
LOS SERVICIOS
SUPLENTES Y/O PROVISIONALES DESEMPEÑADOS EN ESTABLECIMIENTOS DE GESTIÓN ESTATAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SE ACREDITAN MEDIANTE LA PRESENTACIÓN
DEL FORMULARIO 354 EN EL CUAL CONSTE EL DESEMPEÑO
DOCENTE AÑO POR AÑO E INSTITUCIÓN EDUCATIVA, AVALADO POR AUTORIDAD
COMPETENTE. EN FORMATO PDF
EL DESEMPEÑO
DOCENTE DE LA DIPREGEP SE DEBE ACREDITAR MEDIANTE FORMULARIO CEC 15, HOMOLOGADO
POR LA DIEGEP EL DESEMPEÑO DOCENTE DEL ORDEN EX NACIONAL EN JURISDICCIÓN
TERRITORIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (TRANSFERIDO), SE DEBE ACREDITAR
MEDIANTE CERTIFICADO DEL ESTABLECIMIENTO
AVALADO POR AUTORIDAD
COMPETENTE. EN LA ANTIGÜEDAD PARA PUNTAJE SÓLO SE CONSIDERA DESEMPEÑO DOCENTE
EN EL MISMO CARGO, POR LO TANTO, LOS SERVICIOS QUE CONFORMAN LA ANTIGÜEDAD PARA
PUNTAJE DE UN CARGO, NO PUEDEN SER UTILIZADOS EN LA COMPOSICIÓN DE LA
ANTIGÜEDAD PARA EL PUNTAJE DE UN SEGUNDO CARGO.
IMPORTANTE:
LA ANTIGÜEDAD PARA
PUNTAJE NO ES LA MISMA QUE LA ANTIGÜEDAD QUE SE PERCIBE COMO BONIFICACIÓN
SALARIAL (EN EL COULI).
NO SE COMPUTARÁN A LOS
FINES DE PAD:
A) LOS SERVICIOS
DEL ORDEN EX NACIONAL EN JURISDICCIÓN TERRITORIAL DE LAS OTRAS PROVINCIAS O EX
CAPITAL FEDERAL.
B) LOS SERVICIOS
MUNICIPALES
C) SERVICIOS DE
UNIVERSIDADES.
_PROMEDIO DE
CALIFICACIONES:
PARA EL PAD 2020 SE
PROMEDIAN TODAS LAS CALIFICACIONES OBTENIDAS COMO TITULAR EN EL CARGO HASTA LA
CALIFICACIÓN 2018 INCLUSIVE (DOS AÑOS ANTERIORES AL CORRIENTE PAD). QUIENES
RECLAMEN DICHO ÍTEM DEBERÁN ADJUNTAR COPIAS AUTENTICADAS DE LA PLANILLA RESUMEN
DE CALIFICACIÓN ANUAL DOCENTE DE LA ESCUELA O SET 4, DE LOS AÑOS
QUE CORRESPONDA EN FORMATO PDF.
_ADEMÁS DE LA
DOCUMENTACIÓN REQUERIDA EN LOS PUNTOS ANTERIORES SE ADJUNTARÁ EN FORMATO
PDF
COPIA O NÚMERO DE
LA RESOLUCIÓN DE LA CONFIRMACIÓN Y DESTINO DEFINITIVO COMO
TITULAR, Y /O
ACRECENTAMIENTO, O EN SU DEFECTO LA COPIA O NÚMERO DE RESOLUCIÓN DE
DESIGNACIÓN COMO
TITULAR INTERINO,
EN EL CASO DE
POSEER LOS NÚMEROS DE RESOLUCIÓN ADJUNTAR ANEXO DE TITULARIZACIÓN INTERINA,
DEFINITIVA O INFORMACIÓN DE MAD O ACRECENTAMIENTO QUE LA ESCUELA RECIBE DESDE
SAD.
ES MUY
IMPORTANTE QUE EN CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS QUE SE PRESENTAN SOBRE
ESTE ASUNTO, CONSTE A PARTIR DE QUÉ CICLO LECTIVO FUE DESIGNADO TITULAR.
LOS DOCENTES
TITULARIZADOS EN EL MARCO DE LA LEY 12609, DEBERÁN ESPECIFICAR EL AÑO DE
DESIGNACIÓN.
NO SE RESOLVERÁN
RECLAMOS QUE NO RESPETEN LO ANTES EXPUESTO, RECORDANDO QUE DEBE CONSTAR LA
DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE CON SELLO Y FIRMA DE AUTORIDAD COMPETENTE EN LA
DOCUMENTACIÓN ENVIADA.