lunes, 17 de julio de 2023

VACANTES TENTATIVAS DISTRITALES 2023 AL 17/07/2023 - 041 -

                                                  VACANTES TENTATIVAS 2023 

NO SE CONSIDERAN CUPOS

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LAS VACANTES 2023 SON TENTATIVAS

(El corte según DISPO 19/2023 es al 31/07/2023)

            Se recuerda que los aspirantes PUEDEN SOLICITAR MÓDULOS O CARGOS NO PUBLICADOS, aclarando que esas vacantes que no figuren en las listas pueden descubrirse por consecuencia de otro docente que solicite otro destino, en el transcurso del tratamiento y ser utilizadas.

              Las vacantes producidas por consecuencia en el Movimiento Anual Docente, se tendrán en cuenta al solo efecto de ampliar la oferta pero no modifican cupo.

LEY 10579 Y SUS MODIFICATORIAS

ARTÍCULO 55: (Texto según Ley 10.614)

A los efectos del movimiento Docente las vacantes se distribuirán de acuerdo con los porcentajes y orden preferencial que a continuación se indican:
I.- Vacantes en cargos de base y horas-cátedra.
El cincuenta (50) por ciento se destinará para:

De las vacantes de horas-cátedra restantes más las que quedarán sin cubrir del porcentaje destinado a ser considerado mediante el orden preferencial indicado en los incisos a) a g), el veinticinco (25) por ciento se destinará a acrecentamiento.

COMUNICADO 103 -2023 - DISPO 19 - 2023 - MAD- ACREC

ARTÍCULO 12°. Determinar que las vacantes afectadas al Movimiento Anual Docente y Acrecentamiento 2023-2024, sobre las cuales se calculará el porcentaje fijado por la normativa, serán las resultantes del tratamiento de las Plantas Orgánico Funcionales actualizadas al 31 de julio de 2023 inclusive

ARTÍCULO 13°. Establecer que en los casos de existir una única vacante en cargo base, nivel o modalidad y distrito, sólo podrá ser utilizada para traslado en el mismo distrito, en igual cargo y en el mismo Nivel y / o Modalidad.